
Si has decidido que tú ceremonia religiosa lo primero que debes hacer es decidir en qué iglesia quieres casarte y el día de la boda. Deberás preveerlo con suficiente antelación ( al menos 1 año) a la fecha elegida, en algunas Iglesias existen muchas solicitudes.
El Expediente Matrimonial exige una documentación que tendrás que tener:
Partida de Bautismo de cada contrayente expedido por la Parroquia donde fuisteis bautizados.
Partida de Nacimiento Literal ó Libro de Familia de los padres: donde figuran los datos para el Registro Civil.
Fotocopia del DNI, pasaporte o tarjeta de residencia de ambos contrayentes.
Certificado de Soltería eclesiástico: se necesita sólo cuando los novios pertenecen a diócesis diferentes a donde se van a casar o cuando se ha pasado más de un año en el extranjero.

En otros casos hay que presentar, además, partida de defunción del cónyuge en el caso de los viudos. Este certificado se obtiene en el Registro Civil, Permiso Paterno en caso de que alguno seais menores de edad o dispensas cuando existan impedimentos previstos en el Derecho Canónico
Certificado de realización de los Cursos Prematrimoniales
Testigos, en concreto dos y que no sean familiares pero que síos conozcan lo suficiente, que deberán acudir con los novios para iniciar el expediente.